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¡Cuidado con las papeletas SUTRAN! | Guía completa

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En el presente artículo, te explicaremos las diversas modalidades de papeletas que cuenta SUTRAN, su ámbito de aplicación y sanciones administrativas, así como a quienes está dirigido su imposición, con la finalidad que identifiques al abogado adecuado para la defensa de este tipo de casos.

Índice de contenido

Papeletas en Materia de Tránsito

Mediante este tipo de papeletas sutran, se fijan multas económicas que sobre quienes han incumplido las normas de tránsito, estableciendo como responsable tanto al conductor como al propietario del vehículo.

Asimismo, dichas papeletas suponen también la generación de puntos en el record de conductor, cuya cuantía será establecida dependiendo de la gravedad de la falta (esto es, leve, grave o muy grave). Esto último es de especial cuidado, toda vez que, ante la acumulación y superación de cien (100) puntos en el respectivo record del conductor, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) impone la suspensión temporal del brevete e, incluso, su cancelación definitiva.   

Ahora, este tipo de papeletas cuentan con descuentos; sin embargo, el pago oportuno no evita la generación de puntos. Al contrario, mediante la cancelación de la multa, el MTC registra los puntos en el record del conductor de manera inmediata conforme lo dispone el Texto Único Ordenado del Reglamento de Tránsito, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-MTC.

Si bien este tipo de papeletas son emitidas por la Policía Nacional del Perú (PNP), dicha autoridad policial no se encarga de ejecutar las sanciones administrativas correspondientes, pues ello corresponde a otra autoridad administrativa diferente.

En el supuesto que nos ocupa, ante la comisión de infracciones de tránsito al momento de conducir en la red vial nacional (carretera), SUTRAN contará con la competencia de tramitar el respectivo procedimiento administrativo sancionador contra los presuntos infractores. Una vez finalice dicho proceso, SUTRAN iniciará las acciones de cobranza coactiva, así como la comunicación de la existencia de los puntos al MTC.

Actualmente, las papeletas por exceso de velocidad (M.20) resultan de mayor notoriedad dentro del ámbito de competencia de SUTRAN. Dicha entidad las dirige sobre aquellos que circulan en la carretera, siendo afectados por multas desde S/ 900.00 a S/ 2,475.00 y la generación de cincuenta (50) puntos en el record del brevete.

Conforme a lo explicado, se aprecia que las presentes papeletas de SUTRAN afectan de manera significativa a los conductores que realizan sus actividades en la carretera.

En ese sentido, los conductores de empresas de transporte de mercancías y de pasajeros resultan los llamados a tener cuidado ante este tipo de infracciones, pues, independiente de las acciones sobre el pago de la multa, al acumular un número determinado de puntos en el respectivo record, dichos trabajadores verían afectados por suspensiones o cancelaciones del brevete de conducir, afectando severamente su continuidad laboral.

En ese sentido, de existir una acumulación significativa de puntos en el record del MTC por parte de las papeletas de SUTRAN, se recomienda contactar con nuestros especialistas, con la finalidad de adoptar las estrategias legales y judiciales para cuidar la vigencia del brevete de conducir y evitar también el pago injusto de multas.

Actas de Control en Materia de Transporte por Carretera

En realidad, este tipo de papeletas de SUTRAN se denominan “Actas de Control”. A diferencia de las papeletas de tránsito, SUTRAN se encarga de los procedimientos administrativos correspondientes, desde la supervisión y emisión de la papeleta correspondiente hasta el trámite del procedimiento sancionador y de cobranza coactiva correspondiente.

A través de estas Actas de Control, SUTRAN persigue las infracciones sobre el presunto incumplimiento de las normas de seguridad, tanto a nivel técnico como jurídico, que se relacionan con la actividad de transporte terrestre en general (personas y mercancías) en la carretera nacional. A manera ejemplo, tenemos infracciones tales como no inscribir al conductor en la nómina del MTC, no contar con las luces técnicas correspondiente a la unidad vehicular, entre otras.

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, norma que establece las infracciones y sanciones sobre el presente régimen, las Actas de Control están dirigidos, principalmente, a la empresa de transporte como tal. En ese sentido, se cuenta con dos tipos de sanciones administrativas: (i) Pago de multa económica; y, (ii) Suspensión y/o cancelación de la habilitación vehicular y el permiso de operación.

Sobre esta última sanción, resulta notorio afirmar que estas afectan significativamente a la empresa de transporte terrestre, pues pretende alterar su continuidad en las operaciones comerciales.

Incluso, de acumularse el número de Actas de Control en el historial de una empresa de transporte, el MTC cuenta con la facultad legal de denegar la ampliación del permiso de operación de la empresa, retirándolo así del presente rubro de servicios.

Por consiguiente, tenemos que las presentes papeletas de SUTRAN resultan excesivamente severas para las empresas de transporte.

En ese sentido, de imponerse un Acta de Control en un procedimiento de inspección, se recomienda contactar con este despacho legal, con la finalidad de adoptar las estrategias legales y judiciales para preservar la continuidad empresarial y evitar también el pago injusto de multas.

Formulario de Infracción a la Norma de Pesos y Medidas Vehiculares

Llegado a este punto, tenemos las papeletas de SUTRAN denominadas “Formulario de Infracción a la Norma de Pesos y Medidas Vehiculares”, que permiten constatar, entre otros, la inobservancia de permitir el traslado de mercancías por encima del límite máximo del peso que soporta una unidad vehicular determinada.

Corresponde acotar que, al igual que las Actas de Control, SUTRAN se encarga de la supervisión a través del respectivo control de pesaje en la estación correspondiente. Luego, se encarga del procedimiento sancionador y de cobranza coactiva correspondiente.

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, norma que establece el régimen sancionador de las presente infracciones, se pretende sancionar no sólo a las empresas de transporte, en su calidad de propietario de la unidad vehicular, sino también a la empresa que generó la carga a transportar.

La postura que recoge la norma es la siguiente: corresponde sancionar a la empresa que generó la carga, porque debió de supervisar, de manera conjunta con la empresa de transporte, si la carga a trasladar se ajusta a los parámetros máximos de peso de la unidad vehicular.

Corresponde destacar además que dicho marco punitivo establece multas excesivamente onerosas, siendo pasibles de emitir sanciones desde S/ 20,000.00 hasta S/ 50,000.00, tanto para la empresa de transporte como a la empresa que generó la respectiva carga.

Esto último, se agrava a través del procedimiento de cobranza coactiva de SUTRAN, toda vez que dicho trámite permite al Ejecutor coactivo incrementar la multa administrativa de manera mensual, obteniendo hasta más del 50% del valor de la multa original.

Adicionalmente, dicha autoridad cuenta con la potestad de traba medidas cautelar en forma de embargo de retención bancaria, así como la de suspender cualquier operación financiera a favor de la empresa.

Por lo antes expuesto, de imponerse un Formulario de Infracción a la Norma de Pesos y Medidas Vehiculares en un procedimiento de control de pesaje, se recomienda contactar con este despacho legal, con la finalidad de adoptar las estrategias legales y judiciales para evitar también el pago injusto de multas, así como eventuales acciones de cobranza coactiva.

Actas de Verificación para el transporte de materiales y residuos peligrosos

Finalmente, tenemos las papeletas de SUTRAN denominadas “Actas de Verificación”, que permiten constatar, entre otros, la inobservancia de las normas de seguridad aplicables al transporte terrestre de material y residuos peligroso.

Corresponde acotar que, al igual que las Actas de Control, SUTRAN se encarga de la supervisión a través del respectivo control de las unidades vehiculares que transitan en la carretera nacional. Luego, se encarga del procedimiento sancionador y de cobranza coactiva correspondiente.

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC, norma que establece el régimen sancionador de las presente infracciones, se pretende sancionar a las empresas de transporte en su calidad de responsable de velar por el cumplimiento de las normas de seguridad sobre este tipo de mercancías. Corresponde precisar que la clasificación de los materiales y residuos peligrosos está recogida en una norma internacional denominada “Libro Naranja”.

Además, de igual que en el caso de las infracciones por pesaje, dicho marco punitivo establece multas excesivamente onerosas, siendo pasibles de emitir sanciones desde S/ 20,000.00 hasta S/ 50,000.00.

Esto último, se agrava a través del procedimiento de cobranza coactiva de SUTRAN, toda vez que, dicho trámite permite al Ejecutor coactivo incrementar la multa administrativa de manera mensual, obteniendo hasta más del 50% del valor de la multa original.

Adicionalmente, dicha autoridad cuenta con la potestad de traba medidas cautelar en forma de embargo de retención bancaria, así como la de suspender cualquier operación financiera a favor de la empresa de transporte.

Por lo antes expuesto, de imponerse un Acta de Verificación en un procedimiento de control de transporte de mercancías de material y residuos peligros, se recomienda contactar con este despacho legal, con la finalidad de adoptar las estrategias legales y judiciales para evitar también el pago injusto de multas, así como eventuales acciones de cobranza coactiva.

Sobre el abogado especialistas en Papeletas SUTRAN

Ahora, conforme a lo precisado hasta el momento, se deduce que el abogado que representará a las empresas frente a SUTRAN debe contar experiencia certificada en litigios contra el Estado.

De igual manera, dicho especialista deberá haber laborado en el Estado de manera continua e ininterrumpida, con la finalidad de demostrar el conocimiento sobre el comportamiento de las autoridades que tramitan el respectivo procedimiento sancionador y de cobranza coactiva.

Asimismo, dicho abogado deberá plasmar dicha experiencia dentro del dominio del proceso contencioso administrativo y de demanda de amparo, vías judiciales idóneas para contrarrestar las sanciones de las Papeletas SUTRAN, tanto al nivel de fijación de multas como su respectiva cobranza coactiva.

Precisamente, en este estudio jurídico, contamos con profesionales expertos en la presente materia, siendo el Abogado Enrique Orellana Sánchez, socio fundador del Estudio Ruta Legal, quien ha laborado en diversas Entidades del Estado por más de diez (10) años y patrocinado a diversas empresas ante procesos sancionadores y de cobranza coactiva.

Conclusiones

A manera de conclusión, corresponde afirmar que SUTRAN cuenta con la potestad jurídica de afectar severamente a las empresas y personas naturales en el ámbito de la carretera nacional, por tal razón, ofrecemos nuestros servicios legales para cautelar los intereses de nuestros clientes de manera profesional, seria y en base a resultados concretos.

En ese sentido, de contar con Papeletas SUTRAN, ya sea en su modalidad de proceso sancionador o de cobranza coactiva, no dude en contactarnos. Estaremos encantados en ayudarlos.

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Enrique Orellana S.

Enrique Orellana S.

Socio Fundador - Estudio Ruta Legal

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