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¿Te han retenido el brevete mediante la papeleta M1?

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SON DIVERSAS LAS PAUTAS QUE DEBES TENER PRESENTE AL MOMENTO DE OTORGAR SOLUCIÓN A LA PAPELETA M1, LO QUE EVITARÁ -A RASGOS GENERALES- LA CANCELACIÓN DEFINITIVA DE TU BREVETE.

EN ESTE ARTÍCULO TE LO RESUMIMOS DE MANERA SENCILLA.

PAUTA N° 1

CONOCE TU INFRACCIÓN …. DEFIENDETE MEJOR¡

Mediante la imposición de la papeleta M1, la autoridad policial pretende, entre otros, cancelar el brevete de conducir de manera definitiva.

Sin embargo, para castigar al infractor de dicha papeleta, se debe acreditar los siguientes elementos fácticos:

A) Conducir en estado de embriaguez (presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal), o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobado con el examen respectivo o por negarse al mismo.

B) La existencia de un accidente de tránsito.

Respecto al primer supuesto, en la mayoría de las veces, este se encuentra comprobado, ya sea mediante el examen de dosaje etílico realizado por la PNP o por la propia declaración del administrado-intervenido ante la fiscalía de turno.

Empero, en el segundo supuesto, ocurre lo contrario, porque el personal policial a cargo del operativo no logra acreditar el accidente de tránsito de acuerdo a su definición legal: Evento que cause daño a personas o cosas, que se produce como consecuencia directa de la circulación de vehículos”.

Por ello, si no se ha dejado constancia de dicho siniestro en la papeleta de tránsito o en el certificado de dosaje etílico, corresponde solicitar la nulidad de la presente infracción.

PAUTA N° 2

¡NO PAGUES TU PAPELETA¡

Al detectar el acto de conducir con los efectos del alcohol, la autoridad policial no sólo procede a retener el brevete, sino también deriva al intervenido al despacho Fiscal de turno.

El Fiscal propone el archivo de la acción penal (no imputar penalmente al intervenido), en la medida que realice un pago al Estado en calidad de reparación (Principio de Oportunidad).

En base a esto último, el intervenido presupone que la devolución de su brevete está supeditado el pagó de la multa, siendo -en la mayoría de las veces- lo que se realiza en los días posteriores a la intervención policial.

No obstante, de acuerdo a nuestro ordenamiento,el pago es el reconocimiento de la infracción y sanción impuesta (…), por lo que, de realizarse tal pago, la autoridad administrativa (llámese SAT o Municipalidad Provincial) comunicará al Ministerio Transportes y Comunicaciones (entidad a cargo del Record de Conductor) sobre la cancelación definitiva del brevete, perdiendo así la posibilidad de conducir. Por esta razón, se recomienda no pagar la multa de la papeleta M1.

Lo antes dicho no resulta aplicable cuando, al momento de emitir la papeleta de tránsito, se retiene además el vehículo del sujeto presuntamente infractor, obligando así al pago de la multa. Ello no puede resultar de otra manera, porque dicho pago no posee carácter voluntario.

En este caso en concreto, la ley refiere que procederá la devolución del monto de la multa al administrado, en tanto logre el archivo de la papeleta de M1.

PAUTA N° 3

¿SERÁ SUFICIENTE CON REALIZAR EL DESCARGO?

Al momento de realizar el descargo contra la papeleta M1, el justiciable recibe información que tendrá éxito con la finalidad de su escrito: el archivo de la papeleta.

No obstante, con el paso de los meses, se obtiene la denegatoria del descargo. Ello no debe sorprendernos: el SAT o la Municipalidad de turno guardan especial interés en el pago de la multa, pues esta supone un ingreso económico a sus arcas públicas.

Así, las autoridades administrativas antes precisadas no garantizan que absolverán al administrado sobre los efectos de la papeleta M1.

Ante esta problemática, un tanto frecuente en los casos de papeletas de tránsito, resulta oportuno acudir a la vía jurisdiccional competente, en aras que el Juez, como autoridad imparcial y objetiva, declare la nulidad de la presente papeleta, y así permita que el interesado vuelva a conducir.

PAUTA N° 4

CONSULTA A UN ABOGADO ESPECIALISTA

El archivo de la papeleta M1 exige no sólo conocimiento del proceso judicial, sino también el del procedimiento administrativo sancionador, en cuyo trámite se determina o no la cancelación definitiva del brevete.

Así las cosas, el abogado patrocinante debe contar con experiencia en litigios frente al Estado, especialmente de carácter administrativo, en aras de recuperar el brevete.

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Enrique Orellana S.

Enrique Orellana S.

Socio Fundador - Estudio Ruta Legal

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